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„Nadie debe ser perjudicado debido a su discapacidad“
Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad (BGG)
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„Nadie debe ser perjudicado debido a su discapacidad“
Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad (BGG)
A partir del 28 de junio de 2025, todos los sitios web, tiendas en línea y otras ofertas digitales deberán ser accesibles; así lo exige la nueva BFSG.
El nuevo requisito obligatorio en materia de accesibilidad digital tiene como objetivo garantizar que todas las personas puedan utilizar los servicios en línea sin restricciones. A partir de mediados de 2025, este requisito se extiende también a las empresas comerciales del sector privado.
Según el texto de la ley, los productos y servicios son accesibles «si son detectables, accesibles y utilizables por personas con discapacidad de la manera habitual, sin dificultades y sin asistencia externa».
Los productos que se rigen por la BFSG incluyen, entre otros:
Computadoras, computadoras portátiles, tabletas, teléfonos móviles.
Terminales de autoservicio, tales como cajeros automáticos, máquinas expendedoras de boletos.
Televisores con acceso a internet.
Lectores de libros electrónicos.
Routers.
Los servicios comprendidos en el BFSG incluyen, entre otros:
Servicios de telecomunicaciones
Libros electrónicos
Servicios bancarios
Servicios de comercio electrónico
Servicios de transporte de pasajeros (para servicios de transporte urbano, suburbano y regional: únicamente terminales interactivas de autoservicio)
